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Congreso

76 Legislatura garantiza cupo del 10% para grupos vulnerables en universidades

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Morelia, Michoacán; a 25 de marzo de 2026.

El Pleno de la 76 Legislatura aprobó una reforma al artículo 74 de la Ley de Educación del Estado, la cual establece que las instituciones de educación superior en Michoacán deberán destinar al menos el diez por ciento de su matrícula a personas en situación de vulnerabilidad.

De acuerdo con el dictamen de la Comisión de Educación, la modificación normativa busca asegurar la igualdad de oportunidades y evitar la segregación en el acceso a los servicios educativos de nivel profesional. El Congreso local indicó que la medida tiene como objetivo reducir las barreras que enfrentan ciertos sectores de la población para cursar estudios universitarios en la entidad.

El Poder Legislativo estatal informó que las instituciones educativas y la autoridad correspondiente disponen de un plazo máximo de 90 días, a partir de la entrada en vigor del decreto, para adecuar su reglamentación interna. Esta disposición deberá aplicarse formalmente para el ciclo escolar 2026-2027 en todos los planteles de nivel superior con oferta educativa vigente en el estado.

mizitacuaro

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