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Congreso

76 Legislatura prohíbe el matrimonio infantil en Michoacán

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Morelia, Michoacán, a 18 de marzo del 2026.

Los integrantes de la 76 Legislatura del Congreso del Estado aprobaron por unanimidad diversas reformas al Código Familiar de Michoacán, con el objetivo de impedir que menores de edad contraigan matrimonio en la entidad.

De acuerdo con las modificaciones realizadas al artículo 77 de dicho ordenamiento, se establece como requisito obligatorio que las personas que pretendan casarse sean mayores de edad. El texto legal indica que los interesados deberán presentar una solicitud ante el Oficial del Registro Civil donde se especifiquen nombres, apellidos, ocupación, nacionalidad y domicilio, tanto de los pretendientes como de sus progenitores.

Asimismo, la reforma estipula que, para acreditar la capacidad legal de los contrayentes, será indispensable la presentación del acta de nacimiento o, en su defecto, cualquier documento oficial que certifique la mayoría de edad, acompañado de un dictamen médico.

Por su parte, el artículo 92 del Código Familiar faculta a los Oficiales del Registro Civil para negar la autorización del enlace matrimonial en caso de que uno o ambos solicitantes no acrediten la mayoría de edad, o cuando existan elementos que indiquen que carecen de la aptitud legal para celebrar el acto.

mizitacuaro

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