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Congreso

Congreso de Michoacán reforma ley para permitir certificados de defunción después de seis meses: Diputada Iturbide Díaz

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Morelia, Michoacán a 19 de noviembre de 2025

El Congreso del Estado de Michoacán aprobó reformas al Código Familiar y a la Ley Orgánica del Registro Civil, con el objetivo de permitir la expedición de certificados de defunción para personas que hayan fallecido o cuyos restos hayan sido localizados después de un plazo de seis meses.

Las reformas, impulsadas por una iniciativa de la diputada Belinda Iturbide Díaz, de extracción morenista, modifican el artículo 118 del Código Familiar y el artículo 20 de la Ley Orgánica del Registro Civil.

El cambio busca facilitar los procesos para las familias, particularmente madres buscadoras y colectivos de personas desaparecidas, que enfrentaban dificultades para obtener las actas de defunción y, por consiguiente, el permiso para dar sepultura.

Antes de esta aprobación, el Código Familiar únicamente permitía el levantamiento del acta respectiva por orden de una autoridad judicial si la defunción se registraba después del plazo de seis meses, requisito que dificultaba los trámites.

Con las modificaciones, si la Fiscalía o la autoridad investigadora solicita la expedición del acta de defunción tras el hallazgo de un cadáver o restos humanos, el Registro Civil podrá expedirla sin aplicar la limitación temporal de seis meses y sin necesidad de una orden judicial, eliminando obstáculos administrativos.

MiZitácuaro

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