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Congreso

El Congreso de Michoacán reforma el Código Civil para frenar la prescripción de inmuebles por mala fe

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Morelia, Michoacán, 18 de marzo de 2026.

La 76 Legislatura del Congreso del Estado aprobó una reforma al artículo 439 del Código Civil estatal con el fin de modificar las reglas sobre la prescripción positiva de bienes inmuebles. Según el dictamen presentado por la Comisión de Justicia, la modificación establece que el proceso de prescripción podrá interrumpirse mediante una denuncia o querella penal cuando se determine que la posesión del bien fue obtenida de mala fe.

La iniciativa, promovida originalmente por el diputado Carlos Alejandro Bautista Tafolla, plantea que la legislación anterior permitía consolidar la propiedad por el transcurso del tiempo incluso en casos donde existieran indicios de irregularidades en la posesión. La Comisión de Justicia precisó que esta medida busca evitar que personas que ocupan inmuebles mediante métodos de engaño o despojo logren la titularidad legítima de los mismos basándose únicamente en el plazo de tiempo transcurrido.

La reforma estipula que la interrupción de la prescripción quedará sin efecto si la acción penal se extingue o si se dicta una sentencia absolutoria o resolución con efectos similares. Con esta adición normativa, el Congreso del Estado indicó que se busca otorgar mayores mecanismos procesales a quienes acrediten tener un mejor derecho sobre la propiedad y hayan sido afectados por actos considerados delictivos en la posesión de sus bienes.

MiZitácuaro

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