Elecciones Michoacán 2015
Carta aclaratoria del INE al Periódico La Voz de Michoacán

LCC. ÁLVARO E. MEDINA GONZÁLEZ
DIRECTOR GENERAL DEL PERIÓDICO
“LA VOZ DE MICHOACÁN”
PRESENTE
Por medio de la presente, me dirijo a usted de manera atenta y respetuosa para hacer algunas aclaraciones respecto al desplegado publicado el 7 de junio del 2015 en la pág. 3A, referente a la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en Michoacán.
En él se señala que la Junta Local Ejecutiva ha decidido prescindir de sus servicios por primera vez en la historia electoral del estado para efectos de encarte y distribución del Listado de Integración y Ubicación de Casillas Electorales.
En este sentido, es importante aclarar que en el Proceso Electoral 2011-2012 y en el actual 2014-2015 no se realizó ningún tipo de contrato con esa casa editorial debido a que los costos presentados por la misma no resultaron competitivos, y no representó ningún problema para la participación ciudadana, ya que durante el Proceso Electoral 2011-2012 se incrementó un 5 por ciento la votación.
Para el presente Proceso Electoral, el 7 de mayo del 2015 a través del oficio INE/VE/654/2015 se giró la invitación al medio que usted dirige a fin de solicitarle los costos de maquila y encarte, los cuales fueron proporcionados por el Gerente Comercial, Lic. Alberto Hernández Higareda el 11 de mayo del 2015.
No obstante que se recibió la primer propuesta, y viendo que los costos presentados resultaron elevados comparados con los demás medios invitados al concurso para el procedimiento de encarte, se hizo del conocimiento del área comercial y se les recibió una segunda propuesta en la cual ustedes determinaron no modificar el costo del encarte, solamente el de maquila.
Es importante mencionar que el costo de encarte proporcionado por su medio fue de 23.43 pesos por ejemplar para un tipo de cuadernillo y 42.17 pesos por ejemplar para otro, cuando el promedio de las demás casas editoriales fue de 4 pesos.
También es importante señalar que la cobertura estatal para la distribución del Listado de Integración y Ubicación de Casillas Electorales está garantizado, ya que la distribución del cuadernillo no solamente se encartó en medios impresos, sino que también se difundió a través de las Juntas Distritales Ejecutivas del INE así como del Instituto Electoral de Michoacán.
De acuerdo a la ley, el INE tiene la obligación de hacer público el Listado de Integración y Ubicación de Casillas Electorales en los medios que considere pertinentes y en ningún momento está obligado a contratar espacios determinados.
Por tal motivo y en apego al derecho de réplica contenido en el Artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, le solicito de manera atenta sea publicada en el mismo espacio informativo la presente carta aclaratoria en el periódico que usted dignamente dirige.
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