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México

Cámara de Diputados tipifica la violencia simbólica como modalidad de agresión contra las mujeres

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CIUDAD DE MÉXICO, 27 de noviembre de 2025. – El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó este miércoles un dictamen que reforma la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para incorporar formalmente la definición de violencia simbólica. La medida busca visibilizar y sancionar patrones culturales que naturalizan la subordinación femenina a través de mensajes, íconos y signos estereotipados.

Definición y alcance legal

La reforma establece que la violencia simbólica se constituye por la emisión de mensajes, valores, íconos o signos que transmiten y reproducen relaciones de dominación, desigualdad y discriminación en la sociedad, naturalizando la subordinación de la mujer [1]. A diferencia de la violencia física, esta modalidad se manifiesta de manera sutil mediante la imposición de roles de género.

Ejemplos de violencia simbólica

De acuerdo con la discusión legislativa y los parámetros de la ley, esta modalidad se manifiesta en prácticas cotidianas que refuerzan la desigualdad [2][3]:

  1. Publicidad y medios de comunicación sexistas: La difusión de mensajes o imágenes comerciales que utilizan el cuerpo de la mujer como objeto sexual para vender productos, o que la representan exclusivamente en roles de servicio y cuidado doméstico, limitando su proyección pública.
  2. Microagresiones y lenguaje discriminatorio: El uso de expresiones, “chistes” o refranes populares que denigran las capacidades intelectuales de las mujeres, o la invisibilización de su presencia en el lenguaje institucional y profesional.
  3. Imposición de estándares estéticos: La presión social y cultural ejercida para que las mujeres cumplan con cánones de belleza inalcanzables o rígidos, asociando su valor social únicamente a su apariencia física o juventud, en detrimento de sus competencias.

Contexto legislativo e implicaciones

Durante la sesión del 26 de noviembre, legisladoras de diversos grupos parlamentarios (Morena, PAN, PT y MC) coincidieron en la urgencia de legislar sobre esta materia, señalando que la violencia simbólica es el sustento cultural que permite la perpetuación de otras formas de agresión más explícitas.

​La inclusión de este concepto en el marco jurídico federal faculta a las autoridades para diseñar políticas públicas preventivas enfocadas en la educación y la comunicación masiva, y armoniza la legislación nacional con los estándares internacionales en materia de derechos humanos [3].

Fuentes:

  • ​[1] Vorágine. (26 de noviembre de 2025). Cámara de Diputados aprobó dictamen que incorpora en la ley la definición de violencia simbólica contra las mujeres. Recuperado de: voragine.com.mx
  • ​[2] Imagen Radio. (26 de noviembre de 2025). Diputados aprueban reforma para frenar la violencia simbólica. Recuperado de: imagenradio.com.mx
  • ​[3] Cámara de Diputados. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (Marco de referencia). Recuperado de: diputados.gob.mx

​[mizitacuaro]

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