México
La Ley de Partidos da luz verde al retiro de los magistrados del Trife con una pensión vitalicia

Ocho horas duró el largo debate para que el pleno de la Cámara de Diputados aprobase la nueva Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe).
Uno de los puntos más polémicos de que se le haya dado luz verde a la medida es que contempla un “haber de retiro”, interpretada como una pensión vitalicia para los siete Magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Trife) cuando terminen su gestión.
Con 391 votos a favor 39 en contra y 1 abstención el pleno avaló en lo general está ley reglamentaria que forma parte de la reforma político electoral y con 311 votos a favor y 91 en lo particular, luego de que fueron rechazadas alrededor de 20 reservas a varios artículos que hicieron varios diputados.
La polémica se esconde tras el artículo 209 que señala que la Comisión de Administración podrá determinar “en su caso el haber de retiro de los magistrados de la Sala Superior”, que fue avalado el día miércoles por los senadores, publica El Universal. Los coordinadores anunciaron que la semana entrante presentarán una iniciativa en la Comisión Permanente, firmada por todas las bancadas, para remediar la modificiación.
El PRI lo justifica
Manlio Fabio Beltrones, coordinador de los diputados del PRI, justificó por su parte que la reforma electoral no se podía poner el riesgo rechazando el artículo 209, y explicó que el beneficio de los magistrados electorales se justifica dado que antes de su jubilación quedan inhabilitados por dos años para ejercer su profesión u otro empleo.
Esta legislación tiene como fin regular las disposiciones constitucionales aplicables a los partidos políticos nacionales y locales, en materia de constitución de fuerzas políticas, derechos y obligaciones de militantes, fiscalización y organización y funcionamiento de sus órganos internos, entre otros. Para la constitución de un partido político nacional se deberán contar con tres mil militantes en por lo menos 20 entidades federativas, o bien tener 300 militantes en por lo menos 200 distritos electorales uninominales.
En el caso de los partidos locales deberán contar con militantes en cuando menos dos terceras partes de los municipios de la entidad. Indica que una organización partidista perderá su registro oficial si no participa en un proceso electoral ordinario o en su caso no obtiene por lo menos el 3% de la votación valida emitida en algunas de las elecciones para diputados, senadores o presidente.
Transparencia y financiación La reforma señala la obligación de las fuerzas políticas de transparentar su información relativa a reglamentos, padrón de militantes, directorios, remuneraciones de personas en sus órganos nacionales, estatales y municipales, contratos, auditorías, sentencias jurisdiccionales y gastos de campaña y precampaña.
Puntualiza que las personas accederán a la información de los partidos políticos de manera directa, en los términos que disponga la ley. Asimismo, tienen derecho a recibir financiamiento público para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes, gastos de procesos electorales y actividades de interés público.
Para que el partido político nacional cuente con recursos públicos locales deberá haber obtenido el tres% de la votación válida emitida en el proceso electoral anterior en la entidad de que se trate. Asimismo, los partidos podrán recibir financiamiento que no provenga del erario público con las modalidades siguientes: Financiamiento por militancia, de simpatizantes, autofinanciamiento, por rendimientos financieros, fondos y fideicomisos.
La norma establece que no podrán realizar aportaciones o donativos a los partidos políticos ni a los aspirantes a cargos de elección popular en dinero o en especie las siguientes instancias.
Los poderes de la Unión (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), de las entidades federativas, ayuntamientos, dependencias, organismos centralizados, paraestatales, autónomos, organismos internacionales, así como personas morales y no identificadas. Deberán reportarse al INE Los partidos políticos deberán reportar los ingresos y gastos del financiamiento para sus actividades ordinarias al Instituto Nacional Electoral (INE).
La legislación establece el prorrateo de los gastos genéricos de campaña de acuerdo a lo siguiente: Para presidente de la República y un candidato a senador se distribuirá el gasto en una proporción 40-60%. Para presidente y un candidato a diputado federal, será de 60-40.
En el caso de los candidatos a presidente, senador y diputado federal, se distribuirá el gasto en un 20-50 y 30, respectivamente. Se entenderá que un gasto beneficia a un candidato cuando se mencione el nombre del candidato, se difunda su imagen y se promueva el voto a su favor.
Alianzas La nueva ley establece tres maneras de alianzas entre uno o más partidos políticos: los frentes, las coaliciones y las fusiones.
Los frentes se refieren a alianzas para alcanzar objetivos políticos y sociales compartidos de índole no electoral, mediante acciones y estrategias específicas comunes. Para fines electorales, los partidos podrán constituir coaliciones para postular los mismos candidatos en elecciones federales.
Asimismo, dos o más partidos podrán fusionarse para construir un nuevo partido, o para incorporarse a uno de ellos. Los partidos de nuevo ingreso no podrán convenir frentes, coaliciones o fusiones con otro partido antes de la conclusión de la primera elección federal o local posterior a su registro.
El texto establece que cada partido político garantizará la paridad de género en las candidaturas a legisladores federales y locales y en ningún caso se permitirá delegar a un género a los distritos donde se tengan los porcentajes de votación más bajos en la elección anterior. Mediante un artículo tercero transitorio, se establece que los congresos locales deberán adecuar su marco jurídico a más tardar el 30 de junio de 2014.
En esa misma fecha el INE deberá dictar las disposiciones necesarias para hacer efectiva la ley. “Abrir la vida de los partidos a la sociedad” Para fundamentar el dictamen elaborado por la Comisión de Gobernación, habló el diputado Williams Oswaldo Ochoa Gallegos, quien señaló que los partidos políticos contemporáneos son grupos que despiertan y movilizan a todos los pueblos que representan intereses.
“Abrir la vida de los partidos a la sociedad” Para fundamentar el dictamen elaborado por la Comisión de Gobernación, habló el diputado Williams Oswaldo Ochoa Gallegos, quien señaló que los partidos políticos contemporáneos son grupos que despiertan y movilizan a todos los pueblos que representan intereses.
Además que facilitan la concreción de compromisos entre ópticas contrarias que se convierten en un campo de aprendizaje propicio para futuros dirigentes políticos.
Estableció que la pluralidad política expresada a través de los partidos, aminora las posibilidades de enfrentamientos explosivos y descontrolados entre las clases sociales que buscan acceder al ejercicio del poder.
Lo anterior, agregó, se ve reflejado en el artículo 41 de la Constitución el cual dispone que los partidos políticos tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los órganos de representación política y como organizaciones de ciudadanos, hacer posible este ejercicio del poder público.
“Hoy podemos afirmar que buena parte del espectro ideológico está debidamente representado en los partidos que cuentan con registro político nacional”, agregó.
En el rubro de transparencia, subrayó, la ley responde a un reclamo popular por abrir la vida de los partidos a la sociedad, y por tanto establece lo que habrá de considerarse como información pública, así como la que habrá de considerarse como información reservada.
El legislador del Revolucionario Institucional, aseguró que esta nueva ley permitirá dar cauce institucional a la pluralidad de la sociedad mexicana y avanzar en la construcción de un sistema político que no solamente sea respetuoso de las libertades humanas, sino que mejore la condición de vida de la población.
Por lo tanto, abundó, “hagamos de nuestra democracia un régimen que permita la convivencia pacífica entre ciudadanos que intervengan en la discusión y soluciones que se aquejan en este país.” Falta ahora, dijo, que los estados reformen sus marcos jurídicos para ajustarlos al espíritu de la reforma constitucional y a las leyes electorales que se aprobarán para que el próximo año los ciudadanos acudan a las urnas con la confianza de tener instituciones sólidas, transparentes y modernas.
Condicionada por la discusión de la reforma energética, según PRD
Al fijar la postura del PRD, la diputada María de Lourdes Amaya Reyes, expresó que la reforma política promulgada el 10 de febrero del presente año viene a poner al día nuestro régimen político, con la introducción de nuevas figuras institucionales que buscarán darle mayor certeza a nuestra pluralidad y competencia política.
Aunque se trató de una reforma que recibió fuertes críticas por parte de los especialistas en la materia, dijo, no fue una propuesta que se procesara y discutiera sobre la base de sus propios méritos, sino que estuvo condicionada y subordinada a la discusión de la reforma energética, y las perversas negociaciones del partido en el gobierno y Acción Nacional.
Lo cierto, admitió, es que en el Partido de la Revolución Democrática estamos conscientes de que en ella se cristalizaron parte de nuestras banderas de izquierda, sobre todo aquellas que buscan imparcialidad y la garantía de elecciones libres y equitativas.
De esta manera, aseveró, con estas nuevas reglamentaciones nuestro régimen político se actualiza buscando eficientar la democracia en su vertiente electoral.
Sin duda, insistió, la reglamentación en materia de partidos políticos representa un avance en la consolidación de nuestra democracia en su plano formal electoral, así como de su sistema de partidos.
Empero, aclaró, “la efectividad de esta ley tendrá que ver con el compromiso que asumamos los actores políticos para cumplirla”, generando con nuestras acciones mayor confianza y credibilidad entre la ciudadanía.
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