Michoacán
Asegura Gobernador que la planeación financiera de Michoacán para 2015 se hizo cuidadosa y responsablemente
Morelia, Michoacán.- Ordenar a fondo las finanzas públicas y fortalecer las capacidades recaudatorias del Gobierno del Estado, son los principales objetivos del paquete económico y fiscal 2015, con el que Salvador Jara Guerrero busca cumplir su propósito de heredar al próximo gobernador una hacienda estatal más sana y con mayores posibilidades de invertir en favor del desarrollo de Michoacán y el bienestar de los michoacanos.
La administración de Jara Guerrero cimentará la ejecución del Presupuesto de Egresos 2015, aprobado por el Congreso del Estado, en una serie de cambios estructurales derivados de las reformas a cinco marcos legislativos, impulsadas por el Ejecutivo con el propósito de dar mayor solidez a la aplicación de la Ley de Ingresos, y contribuir a reducir el déficit presupuestario.
La LXXII Legislatura aprobó el pasado 23 de diciembre reformas a las leyes de Coordinación Fiscal, de Hacienda del Estado, de Hacienda Municipal, al Código Fiscal, y a la Ley de Catastro; así, tanto el Gobierno del Estado como los Ayuntamientos se fortalecen en materia fiscal y financiera. Además, la actualización de Michoacán en materia fiscal facilitará las relaciones comerciales con entidades vecinas.
LEY DE COORDINACIÓN FISCAL
A partir de 2015 se incorpora el Fondo de Fomento Municipal, que se integrará con recursos que podrán servir como fuente de pago de las obligaciones que contraigan los municipios con la federación o instituciones bancarias, y ser usados como garantía de pago en caso de incumplimiento, previa autorización del Congreso del Estado.
Se establece que recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, podrán afectarse como garantía del cumplimiento de sus obligaciones de pago de derechos y aprovechamientos por concepto de agua y descargas de aguas residuales, por lo que en caso de incumplimiento, la Comisión Nacional del Agua efectuará la retención y pago del adeudo con recursos de este fondo.
Estados y municipios continuarán pagando el Impuesto Sobre la Renta de los Trabajadores, el cual será reintegrado por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, siempre y cuando se pague en tiempo y forma, y con recursos provenientes de ingresos propios, así como de las participaciones de ingresos federales y estatales.
LEY DE HACIENDA DEL ESTADO
Con la reforma a esta Ley se modificó, entre otras cosas, el Impuesto sobre Servicios de Hospedaje que anteriormente estaba etiquetado en un 90 por ciento a la industria turística, siendo ahora de libre disponibilidad.
LEY DE HACIENDA MUNICIPAL
Homologa las leyes de ingresos de los municipios con el Clasificador por Rubro de Ingresos emitido por el Consejo Nacional de Armonización Contable.
Establece que propietarios de predios ejidales parcelados y los destinados para uso común, pasarán a tributar al régimen de los contribuyentes que pagan el Impuesto Predial Urbano o Rústico, según corresponda.
Con esta reforma, se excluye del pago de cuota mínima del Impuesto Predial a las instituciones educativas en las que se imparta enseñanza preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior, con fines de lucro. No obstante, propone que las personas físicas o morales propietarias de estas instituciones paguen solamente 10 por ciento de la cuota correspondiente al ejercicio fiscal 2015, incrementándose este mismo porcentaje en cada ejercicio fiscal hasta pagar el 100 por ciento en el año 2024.
CÓDIGO FISCAL
Con las modificaciones al Código Fiscal, además de las personas físicas y morales, son incluidas las llamadas “Asociaciones en Participación”. Además, precisa la reciprocidad de derechos y obligaciones para los contribuyentes.
El nuevo marco legislativo permite que las declaraciones de contribuciones puedan ser modificadas hasta en tres ocasiones mediante declaraciones complementarias, y aumenta hasta en 100 por ciento las sanciones por infracciones y delitos fiscales.
LEY DE CATASTRO
La reforma define procedimientos transparentes y precisos para la adecuada integración del Catastro Estatal, tales como inscripción de predios, la determinación de los valores unitarios de terreno y de construcción, y la valuación y revaluación de inmuebles.
Los Ayuntamientos tienen mayor participación al otorgárseles facultades en materia de actualización de valores unitarios de terreno y construcción, actualización de la cartografía municipal, conservación de claves catastrales y trabajos técnicos de valuación- revaluación.
El subsecretario de Finanzas estatal, Óscar Juárez Davis, destacó que la aprobación del nuevo marco legal representa un voto de confianza que el Poder Legislativo otorga al gobernador Salvador Jara Guerrero y su compromiso de fincar las bases para el desarrollo integral de Michoacán.
El funcionario de la Secretaría de Finanzas y Administración añadió que estas reformas, en el mediano plazo, “tendrán un efecto positivo en el incremento de la base gravable y por ende en la recaudación, generando mayores ingresos para beneficio de la sociedad de Michoacán”, sin dejar de lado que otorgan mayores certezas jurídicas a los contribuyentes.
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