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Michoacán

Michoacán Prohíbe la Convivencia de Menores Víctimas de Violencia con Agresores tras Reforma Legal

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MORELIA, Michoacán 19 de noviembre de 2025

El Pleno de la 76 Legislatura de Michoacán aprobó diversas reformas al Código Familiar del estado, estableciendo medidas para impedir que niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia directa o indirecta tengan que convivir de manera forzosa con sus agresores o los agresores de sus progenitoras, informó la Legislatura.

La reforma establece que, durante un proceso de divorcio, no se otorgará la guardia y custodia de hijas e hijos menores de edad a un miembro del matrimonio “cuando existan elementos que permitan concluir que existe violencia contra de alguno o algunos de los integrantes del núcleo familiar,” de acuerdo con el texto reformado.

Acreditación de Violencia: Para comprobar cualquier conducta violenta, “se podrán ofrecer y admitir cualquier medio de prueba que no sea ilícito que hagan presumir la existencia de un riesgo que pueda dañar la integridad física o mental de las hijas e hijos,” detalló la Legislatura.

Pérdida de Patria Potestad: Se especificó que la patria potestad se perderá cuando se cometan “conductas de violencia familiar o violencia vicaria, en contra de quien se ejerce la patria potestad o contra quien ejerza la guardia y custodia de los menores de forma temporal o definitiva decretada por la autoridad competente,” de acuerdo con la información proporcionada.

La aprobación de estas reformas busca evitar la revictimización de las personas que han sufrido violencia al verse obligadas a convivir con el agresor, según el análisis de la Legislatura.

MiZitácuaro

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