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Opinión

El blindaje de la Reforma Energética

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De acuerdo con el informe presentado por el Senador David Penchyna Grub a la IP, la Energética es “una reforma blindada para garantizar certeza jurídica”. El presidente de la Comisión de Energía refrendó que “La Consulta Popular NO procede en el caso de la reforma energética. No aplica a Reformas Constitucionales”.

“La única vía que existe para modificar el texto o cualquier artículo de la Constitución es mediante un nuevo procedimiento de reforma constitucional”.

“Con excepción del proceso de reforma constitucional (artículo 135 constitucional), no hay ningún otro medio para cambiar un artículo de la Constitución”.

“Ni siquiera la Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene facultad para revisar el contenido de las reformas constitucionales”.

En el informe, el legislador explicó el organigrama del fundamento ‘El Estado como rector de la política energética’:

Estado Mexicano, compuesto por  SENER (Establece, conduce y coordina pol. Energética. Adjudica asignaciones (incluida ronda cero). Establece términos para fomentar acceso abierto del sector eléctrico). Desconcentrados: CNH (Asesoría técnica a SENER. Recopila info. Geológica; Realiza y asigna licitaciones. Supervisa planes de extracción CRE (Hidrocarburos: regula y otorga permisos de almacenamiento, transporte, distribución, acceso a ductos y venta. Electricidad: regula y otorga permisos para generación así como tarifas de porteo).

SHCP (Establece condiciones económicas para licitaciones y contratos). Desconcentrados: CNC Gas (Operador del sistema nacional de ductos de transporte y almacenamiento) CNC Electricidad (Operador del sistema eléctrico nacional, el mercado eléctrico mayorista, acceso a la red nacional de transmisión y redes generales de distribución).

SEMARNAT (Regulación ambiental a través de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y Medio Ambiente).

Además de ser rector, el Estado también participa como competidor a través de sus empresas productivas (PEMEX Y CFE).

De acuerdo con los plazos establecidos: “ABRIL DE 2014 Fecha límite para que el Congreso realice modificaciones a leyes secundarias. SEPTIEMBRE DE 2014 Fecha límite para que SENER emita una resolución sobre las adjudicaciones solicitadas por PEMEX (ronda cero). DICIEMBRE DE 2014  Límite para que el Congreso haga adecuaciones al marco jurídico en temas de medio ambiente, y para establecer el régimen de transición a energías limpias. ABRIL DE 2015. Plazo máximo para que por decreto, el Ejecutivo cree el Centro Nacional de Control de Gas Natural y el Centro Nacional de Control de Energía. DICIEMBRE DE 2015 Fecha límite para que PEMEX y CFE realicen la transición para convertirse en empresas productivas”.

“Tenemos poco tiempo y retos muy grandes por alcanzar” señaló el senador Penchyna al mencionar las leyes pendientes: “Leyes secundarias en materia energética; leyes secundarias en materia de transparencia; Telecomunicaciones; Instituto Nacional Electoral; Comisión Nacional Anticorrupción; Competencia económica; Consejo de la Judicatura; Reforma al Campo; Seguridad Social; Seguridad Universal”, entre otras.

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