Opinión
Participar en un secuestro por… mil 200 pesos
El caso del participante en un secuestro, liberado porque no fue capturado en flagrancia, deja una advertencia al Poder Judicial: los daños en el debido proceso se deben reponer de alguna manera a los afectados, pero éstos no pueden ser liberados si son culpables.
Raúl Martínez fue detenido, un juez lo condenó a 60 años, con sentencia ratificada dos veces, pero el Sexto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito y la Quinta Sala del TSJCDMX lo liberaron, considerando que no fue detenido en flagrancia.
No fueron tenidos en cuenta los señalamientos en su contra de sus cómplices ni la identificación de sus víctimas, tres hermanas plagiadas durante 28 días, durante los cuales a una le cortaron dos dedos y a otra tres, hasta que la Fuerza Antisecuestros capitalina las rescató.
Y tampoco las propias confesiones del secuestrador, quien admitió (sin ser torturado, amenazado u obligado a declarar) ante el MP haber acudido al sitio donde estaban las secuestradas (amarradas, semidesnudas y tiradas en el piso) para hacerles un ritual para que el plagio “saliera bien”.
“Uno de los integrantes de la banda, Jorge Valencia El Coco, me comentó que eran tres mujeres secuestradas, quería que las limpiara para que saliera bien todo y el cobro del rescate, y me prometieron mil 200 pesos si les pagaban”, declaró Raúl Martínez, practicante de la religión Yoruba.
Raúl Martínez nunca se retractó de sus declaraciones y, dos días después de su ritual, los plagiarios les cercenaron los dedos a las víctimas y los enviaron a su madre el 10 de mayo, como medida de presión para que desembolsara los montos que exigían.
Después de la liberación de las tres hermanas, agentes del Estado de México atraparon a Raúl Martínez, acusado de cohecho, y posteriormente señalado por sus cómplices y las víctimas, por lo cual resultó sentenciado a 60 años de prisión.
Ahora, declarado inocente por el Sexto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito y la Quinta Sala del TSJCDMX, Raúl Martínez está por exigir una indemnización de hasta tres millones de pesos, por los seis años que estuvo encarcelado.
Y está en toda su razón legal: con todas las pruebas en su contra anuladas, es inocente y los magistrados que le dieron la libertad abrieron la puerta para que sea indemnizado, ya que su debido proceso fue violado, tal como ocurrió en el caso de la secuestradora francesa Florence Cassez, hoy en libertad.
Pero la aplicación del debido proceso para liberar a un secuestrador sólo debería funcionar si la única prueba en su contra es una confesión obtenida por tortura. De lo contrario, se lastima a las víctimas y a la sociedad.
POR RUBÉN CORTÉS / COLUMNAS, MESA REVUELTA / elarsenal.net
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