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Opinión

Yndira Sandoval: mujer contra mujer

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Como ustedes bien saben, mis apreciables lectores, soy un pensador profundamente anti-feminista, porque, entre otras cosas, el feminismo es una ideología reduccionista y maniquea, que carece de un análisis serio y atinado de la realidad. Se trata de una ideología vulgar y barata que acomoda los datos de la realidad a una serie de dogmas originarios: “invisibiliza” (oculta, niega, tapa, encubre) lo que no le conviene a objeto de “tener la razón” (es un decir, claro).

El típico caso de: si la realidad no se ajusta a mis dogmas y prejuicios, peor para la realidad.

Y no sólo eso: el feminismo también ha armado una narrativa auto-victimizante que sirve de sustento a una estrategia de chantaje social. Por infortunio, muchos políticos y burócratas se han prestado a su juego parasitario y ahora estamos pagando las consecuencias.

Entre otras cosas, y contra lo que sostiene la mitología feminista, es importante rescatar un dato importante de la realidad: la violencia es multilateral y oscilante, y buena parte de la violencia que se presenta todos los días en toda sociedad es violencia mujer-mujer.

Todo lo anterior viene a colación porque estamos atestiguando uno de los capítulos más patéticos de la narrativa feminista nacional: el caso de la “defensora de derechos humanos” Yndira Sandoval Sánchez.

Y no se trata de cualquier persona: Yndira Saldoval es una feminista declarada y, entre otros cargos, ha tenido la representación de la Jefatura de Gobierno en la Delegación Tlalpan y la Dirección de Unidades de Atención en las 16 Delegaciones del Instituto de las Mujeres de la Ciudad de México (Inmujeres CDMX). Y es integrante de la Comisión Nacional de Mujeres del PRD.

Creo que todos se saben la historia: Yndira Sandoval denunció que fue violada por una agente de la policía de Tlapa de Comonfort, Estado de Guerrero. Se trata de una ciudad que se constituye como cabecera del municipio homónimo, ubicado en la región de La Montaña.

Según el relato de Yndira Sandoval, los hechos ocurrieron el sábado 16 de septiembre. Curiosamente, la noticia se dio a conocer en torno al 22 de octubre, con visos de escándalo mediático. O sea que la noticia se dio a conocer a poco más de un mes de ocurridos los hechos… ¡supuestamente ocurridos, claro!

Según la activista, el 16 de septiembre asistió a la Clínica San Antonio de dicha localidad, a objeto de atender una herida cercana a uno de sus senos. Al parecer, hubo un desacuerdo entre el médico y la paciente con respecto a la cantidad y a la forma de pago del servicio, de tal suerte que se hizo necesaria la presencia de la fuerza policíaca en dicha clínica, que terminó llevándose a Yndira Sandoval y a su acompañante a la cárcel municipal.

Según la activista, allí comenzó la conculcación de sus derechos, ya que fue subida a la patrulla con lujo de violencia, especialmente por parte de una mujer policía que fue identificada como Claudia Juárez Gómez. A esta misma agente policíaca Yndira Sandoval le achaca una acción de manoseo, que fue seguida por la introducción violenta de sus dedos en la cavidad vaginal de la feminista.

Se trató, según la activista, de una violación sexual, delito que en el Estado de Guerrero puede alcanzar una pena de entre ocho y dieciséis años de prisión, de acuerdo con el artículo 178 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Guerrero. Además, por tratarse de una agente de policía existe una agravantey, por ello, se tendría que aumentar hasta en una mitad la condena, según el artículo 182 del citado ordenamiento.

La acusación, pues, es bastante grave, porque podría mandar a la mujer agente de policía varias años a la cárcel. Claro, si se comprueba la comisión de dicho delito, cosa que no ha sucedido.

Pero la cosa se complicó aún más cuando salieron a la luz pública varios videos en donde la “feminista” se muestra prepotente y ofensiva ante las autoridades policíacas, al parecer bajo los efectos del alcohol:

https://www.youtube.com/watch?v=OwvoX14vHds

https://www.youtube.com/watch?v=NIdK8K9afOw

Y no sólo eso: ante las graves acusaciones de violación sexual por parte de Yndira Sandoval en contra de la oficial Claudia Juárez Gómez, ésta salió a defenderse a través de las redes (Twitter y YouTube), para encarar a la activista y feminista perredista:

https://www.youtube.com/watch?v=EGQruDTsut0

Tremendo pleito se ha armado… ¡mujer contra mujer!

¿Y quién es la “víctima” en todo este enredo? El asunto no es menor ya que el concepto “víctima”resulta muy defectuoso en nuestro Derecho, gracias al pésimo trabajo de nuestros legisladores federales, a quienes les ha valido madre un principio elemental de la técnica legislativa: la armonización legislativa. Baste con que se pongan vis-à-vis los conceptos de “víctima” que aparecen en el artículo 108 del Código Nacional de Procedimientos Penales y en el artículo 4 de la Ley General de Víctimas.

En ocasiones es tal el celo de los legisladores por quedar bien que, en realidad, terminan quedando mal, muy mal.

Tenemos en pugna, pues, los derechos de dos mujeres, una de las cuales, la oficial Claudia Juárez Gómez, tendría que ser remitida a prisión preventiva oficiosa por el juez de control correspondiente: así lo establece el artículo 19 de nuestra Constitución, ya que se trata de un delito de violación.

Tremendo drama familiar sería esto, porque la oficial Claudia Juárez Gómez es madre soltera y cabeza de familia. De ella dependen tres hijos menores de edad y dos hermanos: ¡cinco personas quedarían sin sustento ni protección de resultar procedente la querella de Yndira Sandoval!

La oficial Claudia Juárez Gómez tendría que esperar sentencia en prisión preventiva, y, aunque ésta fuera absolutoria, el daño para ella y su familia ya estaría hecho.

Ahora bien, es necesario decir que, según el vocero del Grupo de Coordinación Guerrero, Roberto Álvarez Heredia, la “defensora” Yndira Sandoval no se ha presentado ante la autoridad ministerial para ampliar su declaración, por lo que resulta imposible ejercer la acción penal contra la oficial de policía.

Y debe quedar claro que no sólo es necesaria la ampliación de declaración por parte de la supuesta víctima: para poder ejercer la acción penal correspondiente es menester que consten en la carpeta de investigación, radicada en la Agencia Especializada en Delitos Sexuales de Tlapa, los indicios así como los datos y los medios de prueba que se consideren idóneos para establecer razonablemente la existencia de un delito y la probable responsabilidad de la imputada, en términos del artículo 261 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

A este respecto, debemos decir que aquí hay algo muy raro: por protocolo, y dado que la violación es un delito sexual que requiere atención inmediata y prioritaria, tan pronto como fue interpuesta la querella por la supuesta víctima a ésta se le tuvieron que haber practicado periciales médicas, a objeto de determinar si dentro de su cavidad vaginal hubo, tras su detención, células epidérmicas con el ADN de la oficial Claudia Juárez Gómez.

¿Se hicieron esas pruebas? Si se hicieron, ¿qué resultado arrojaron? Si no se hicieron, ¿por qué la “defensora de derechos humanos” no obligó a la autoridad a cumplir con el protocolo de violación sexual?

Y, por supuesto, de haberse introducido con violencia unos dedos en la vagina de Yndira Sandoval, esta cavidad seguramente también presentaría inflamaciones, excoriaciones o sangrados.

Si ustedes se fijan bien, mis apreciables lectores, nada se ha dicho al respecto en los medios, ni en los comunicados de la autoridad, ni en las conferencias de prensa y declaraciones de la supuesta víctima de violación.

¿Y qué pasaría si de los indicios, así como de los datos y medios de prueba, se derivara la ausencia de elementos para ejercer la acción penal? ¿Se podría procesar a Yndira Sandoval por falsedad de declaraciones? Por supuesto, en los términos del artículo 317 del Código Penal de Guerrero que a la letra dice:

Artículo 317. Falsedad ante autoridad específica

A quien con el propósito de inculpar o exculpar a alguien indebidamente en un procedimiento penal, declare falsamente ante el Ministerio Público o autoridad judicial en calidad de testigo, víctima o denunciante, será sancionado con pena de dos a ocho años de prisión y de cien a cuatrocientos días multa.

Si la declaración falsa se rinde en un procedimiento penal para producir convicción sobre la responsabilidad de la persona inculpada, por un delito grave, se aumentarán en una mitad las penas previstas en el párrafo anterior.

Estamos metidos, pues, en un margallate mayúsculo, donde es obvio que una de las dos mujeres está mintiendo. Se trata de un pleito judicial mujer-mujer que: 1. Nos demuestra que la violencia entre mujeres es más común de lo que creen algunas mentes cándidas, y 2. Exige sólo pruebas científicas (no discursos baratos) para deslindar las respectivas responsabilidades.

Para avanzar sobre bases firmes, lo que necesita nuestro sistema judicial penal es ciencia, ciencia y más ciencia, no ideologías vulgares.

Ya veremos en qué acaba todo esto, pero es obvio que no acabará bien.

POR   /  CIUDADANO CEROCOLUMNAS / elarsenal.net

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