Política
Aprueba INE reglamento de la oficialía electoral
El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó por unanimidad el Reglamento de la Oficialía Electoral, el cual normará el ejercicio de una de las nuevas atribuciones que la Constitución le confirió al Instituto a partir de la reciente Reforma Político-Electoral, la de dar fe pública de actos y hechos que pudieran afectar la equidad en la contienda electoral.
El Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova, señaló que el propósito de la creación de una Oficialía Electoral es que exista la posibilidad de que la autoridad constate oportunamente hechos o conductas que puedan constituir infracciones a las reglas del juego democrático.
Sin embargo, “es necesario que las solicitudes que se hagan al INE se apeguen a procedimientos ciertos y se eviten solicitudes frívolas o infundadas”, agregó.
Lorenzo Córdova mencionó que la función de Oficialía Electoral puede ejercerse en cualquier momento, ya sea a petición de parte o incluso de manera oficiosa por los funcionarios del INE investidos de esta función.
Recalcó que el ejercicio de la Oficialía no debe dar lugar a incertidumbre ni a actos discrecionales de la autoridad electoral y las funciones de la misma deben ser ejercidas con criterios transparentes para que el resultado sea “robusto jurídicamente” y contribuya a la imparcialidad de las elecciones.
Por su parte, el Secretario Ejecutivo, Edmundo Jacobo, mencionó que este reglamento norma una facultad que no tiene precedente en la historia normativa electoral, la cual tiene la intención de proveer de mayores mecanismos para fortalecer las condiciones de equidad de las contiendas mediante la facilitación de un servicio gratuito y oportuno, que permita a los diferentes actores políticos la documentación de hechos o actos que consideren una afectación al proceso electoral.
Confió que los partidos políticos usen este mecanismo a su servicio de manera racional y responsable.
El Reglamento de la Oficialía Electoral del INE tiene por objeto también, el de evitar que se pierdan o alteren los indicios o elementos relacionados con actos o hechos que constituyan presuntas infracciones a la legislación electoral.
Así como recabar elementos probatorios dentro de los procedimientos instruidos por la Secretaría Ejecutiva, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, la Unidad Técnica de Fiscalización o por las juntas ejecutivas locales o distritales; y certificar cualquier acto, hecho o documento relacionado con las atribuciones propias del Instituto.
-
Michoacán3 días agoMovimiento Ciudadano Michoacán solicita a la Fiscalía estatal esclarecer homicidio de familia de intérpretes
-
Michoacán3 días agoRamírez Bedolla asume compromiso de justicia ante el homicidio de Ana, Víctor y su hija
-
Michoacán3 días agoDiputado del PAN exige justicia por asesinato de familia de intérpretes en Michoacán
-
México3 días agoEl Director del FBI encabeza reuniones con SSPC y FGR para fortalecer cooperación bilateral
-
Michoacán3 días agoGrupo Parlamentario del PT demanda justicia por homicidio de intérpretes en Michoacán
-
Michoacán3 días agoRamírez Bedolla asegura acceso a fondos de seguridad para comunidades con autogobierno
-
Congreso3 días agoFabiola Alanís urge a Fiscalía de Michoacán esclarecer muerte de intérpretes y menor de edad
-
Zitácuaro1 día ago¿Quién será la próxima Monarca de Zitácuaro?

