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Seguridad

60 años de cárcel para quien practique, fomente o financie el terrorismo en México

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El Senado de la República aprobó en comisiones reformas penales que sancionen hasta con 60 años de cárcel a quien practique, fomente o financie el terrorismo en México.

En una reunión de las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos se aprobaron modificaciones y adiciones a cinco ordenamientos legales, que tienen el propósito de endurecer el combate a este delito y adecuar la legislación al marco internacional en la materia. Los cambios fueron a los códigos Penal Federal, Federal de Procedimientos Penales y al Fiscal de la Federación, así como a las leyes federales contra la Delincuencia Organizada y de Extinción de Dominio.

En el dictamen se señaló que se impondrán penas hasta de 60 años de prisión y multas a quienes atenten contra la seguridad nacional mediante el uso de sustancias tóxicas, armas químicas, biológicas o similares, material radiactivo o nuclear, armas de fuego o por medio de cualquier otro instrumento violento.

Independientemente de que se cometa o no, se sancionará con hasta 60 años de cárcel a quien prepare un acto terrorista a perpetrarse en México o en el extranjero, así como a quienes lo financien directa o indirectamente. Las nuevas disposiciones establecen penas específicas para quienes cometan el delito de homicidio o atenten contra la libertad de una persona internacionalmente protegida, como son los jefes de Estado, o realicen actos violentos contra sus residencias particulares, locales oficiales o medios de transporte.

Inmovilización de fondos Asimismo se penará con 15 años de cárcel para quienes por sí mismos o por terceras personas roben material radiactivo, nuclear o fuentes de radicación. Estos cambios legales castigan además a quienes adquieran, administren, reciban o transporten dentro del territorio nacional y hacia el extranjero o viceversa recursos o bienes procedentes de actividades ilícitas.

Cuando se utilicen servicios de instituciones que integran el sistema financiero, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) tendrá que presentar la denuncia para proceder penalmente.Si los delitos son cometidos por servidores públicos, las penas se duplicarán y serán inhabilitados.

Se destacó que las autoridades que regulan el sistema financiero nacional podrán ordenar a las entidades financieras la inmovilización provisional e inmediata de fondos o activos durante 20 días, cuando reciban resoluciones de las autoridades competentes o de organismos internacionales de los que el Estado mexicano sea parte.

20minutos.com.mx

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