Seguridad
Expertos: “En Ayotzinapa ven necesario que la acción legal sea por desaparición forzada”

De acuerdo con lo estipulado por el Código Penal Federal, es posible acreditar un homicidio sin que se localice un cuerpo o sea imposible realizar la autopsia, cuando lo declarado por el inculpado apunte a que las lesiones provocaron la muerte y esto sea avalado por peritos.
En información publicada por El Universal, especialistas en justicia opinaron sobre el caso de los normalistas de Ayotzinapa, donde sólo se ha logrado reconocer a uno de los estudiantes desaparecidos entre los restos calcinados que fueron localizados en el basurero de Cocula.
En el caso de los estudiantes sólo hay evidencia de la supresión de una víctima Santiago Aguirre, subdirector del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, dijo que aún se revisa si las consignaciones en el caso son por homicidio o por secuestro con la agravante de asesinato, pero en cualquiera de los casos es necesario acreditar tanto la preexistencia como la supresión de la vida humana.
“Sin embargo, en el caso de los estudiantes sólo hay evidencias de la supresión de una víctima, no en los demás”, expresó. Julio Mata, director de la Asociación de Familiares de Detenidos, Desaparecidos y Víctimas de Violaciones a los Derechos Humanos en México y Leticia Hidalgo, de Fuerzas Unidas por Nuestro Desaparecidos en Nuevo León, coincidieron en que no tienen antecedentes de consignaciones por homicidio sin el cuerpo de la víctima en sus archivos.
Juan Carlos Gutiérrez, quien es abogado y consultor en derechos humanos, recuerda el caso del asesinato del estudiante de la UNAM, Jesús Israel Moreno, quien desapareció en unas lagunas de Oaxaca donde vacacionaba.
Aunque la familia nunca recibió el cuerpo del joven de 17 años, la Procuraduría General de Justicia del Estado de Oaxaca consignó a tres presuntos responsables por homicidio, quienes al parecer lo privaron de la vida para robarle sus pertenencias.
Comprobar el delito Con testigos, confesiones y dictámenes periciales se puede comprobar la existencia del delito de homicidio, advirtió el abogado penalista Juan Velázquez.
“Todas esas pruebas producen la comprobación del delito de homicidio sin necesidad de que se requiera el cadáver”, añadió. Aunque en el caso Ayotzinapa se cometió el delito de privación ilegal de la libertad y posiblemente tortura, pesa más el tema de la privación de la vida.
“En el tema jurídico, el Código Penal federal no exige que aparezcan los cuerpos físicos de las personas que perdieron la vida para poder formular una acusación en contra de quienes las privaron de la vida, así que estaría en condiciones de llegar a un proceso de carácter penal”, expresó Cipriano Sotelo, rector de la Universidad de Ciencias Jurídicas de Morelos y penalista.
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