Congreso
Octavio Ocampo propone cárcel de hasta 20 años por reclutar jóvenes para el crimen en Michoacán
La iniciativa busca crear el delito de reclutamiento ilícito para castigar a quienes capten o induzcan a jóvenes a incorporarse a grupos delictivos, y reforzar la protección de niñas, niños y adolescentes ante estas prácticas.
Morelia, Michoacán, a 4 de marzo de 2026.- El diputado local del PRD, Octavio Ocampo, alertó que la operación territorial de grupos delictivos ha incorporado mecanismos de captación de adolescentes y jóvenes mediante privación de la libertad, extorsión, amenazas, trata, violencia física y psicológica, así como a través del engaño, ofertas económicas, supuesta protección, uso de redes sociales y el aprovechamiento de condiciones de vulnerabilidad. Indicó que estas prácticas incrementan la incidencia delictiva y vulneran derechos fundamentales.
Ante esta realidad que azota a la sociedad michoacana, Octavio Ocampo presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado de Michoacán de Ocampo, con el propósito de tipificar como delitos el reclutamiento forzado y el reclutamiento no forzado por parte de organizaciones delictivas.
Desde la máxima tribuna del estado, precisó que es necesario incrementar hasta en una mitad la pena cuando las conductas se cometan en agravio de niñas, niños y adolescentes, se utilicen amenazas contra familiares, armas, medios digitales, o cuando el responsable sea servidor o exservidor público. También se sancionará a quien administre, financie, dirija o facilite sitios destinados al reclutamiento y entrenamiento de personas para colaborar con grupos delictivos.
Ocampo sostuvo que actualmente no existe una figura autónoma que sancione el acto previo de captar o inducir a personas a integrarse a estructuras criminales, lo que limita la intervención del Estado. Señaló que la reforma busca permitir una actuación penal desde la fase inicial del reclutamiento, reconocer la condición de víctima cuando exista coacción o vulnerabilidad, y fortalecer las herramientas de investigación para evitar que niñas, niños y adolescentes enfrenten cargos por delitos graves tras haber sido forzados o inducidos a participar en dichas dinámicas.
La propuesta presentada al Pleno de la 76 Legislatura plantea crear el Capítulo IV denominado “Reclutamiento Ilícito” e incorporar los artículos 163 Bis, 163 Ter, 163 Quáter y 163 Quinquies. El reclutamiento forzado se sancionaría con penas de diez a veinte años de prisión y multas de 800 a 2,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA), mientras que el reclutamiento no forzado contemplaría penas de ocho a quince años de prisión y multas de 400 a 1,000 UMA. Ambos delitos serían perseguidos de oficio.
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