México
Reforma Política – Electoral
La Reforma Política-Electoral son 56 iniciativas presentadas por diversos Senadores de la República de todos los grupos parlamentarios por las que se proponen reformas y adiciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia político electoral.
Esta iniciativa se aprobó el 13 de diciembre de 2013, para el 22 de enero realizar la Declaratoria de la Reforma con el voto de 18 Legislaturas de los Estados.
En otras iniciativas y adiciones, con la Reforma Constitucional en materia Político – Electoral:
- Se otorga autonomía constitucional al Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL).
- El Instituto Federal Electoral (IFE) se transforma en Instituto Nacional Electoral (INE).
- Los organismos públicos locales electorales contarán con un órgano de dirección superior integrado por un consejero Presidente y 6 consejeros electorales.
- Los Senadores podrán ser electos hasta por dos periodos consecutivos y los Diputados al Congreso de la Unión hasta por cuatro periodos consecutivos. Esto es, hasta un máximo de 12 años en ambos casos de manera consecutiva.
- En relación a los Gobierno de Coalición se faculta al Presidente de la República para que, en cualquier momento, pueda optar por un gobierno de coalición con uno o varios de los partidos políticos representados en el Congreso de la Unión.
- Se crea una Fiscalía General de la República (en sustitución de la Procuraduría General de la República) como órgano público autónomo, dotado de personalidad jurídica y de patrimonios propios.
- En el umbral de partidos políticos se aumenta del 2 al 3% el porcentaje mínimo requerido para conservar el registro como partido político nacional; asimismo, todo partido político que alcance por lo menos el 3% del total de la votación válida emitida tendrá derecho a que le sean atribuidos diputados plurinominales. Los partidos políticos deberán garantizar la paridad entre géneros en candidaturas a legisladores federales y locales.
- Se adelanta del 1º de septiembre al 1º de agosto la fecha de inicio del primer periodo ordinario de sesiones cuando el Presidente de la República inicie su cargo.
- Se adelanta del 1º de diciembre al 1º de octubre la toma de protesta del Presidente de la República.
Además, en otros temas, se aborda: suspensión de garantías, sistema de nulidades, facultades del Congreso y creación de fiscalías especializadas de la Procuraduría General de la República (PGR).
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