Michoacán
Congreso de la CDMX prohíbe la venta informal de perros y gatos en redes sociales
El Congreso de la Ciudad de México aprobó una reforma a la Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal con el objetivo de prohibir la comercialización informal de perros y gatos a través de plataformas digitales y redes sociales, según el dictamen publicado por la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. La medida busca regular el comercio de animales de compañía y frenar la proliferación de criaderos clandestinos.
Alcance y restricciones de la normativa
La modificación legislativa establece que queda estrictamente prohibida la venta, oferta o exposición de animales domésticos en la vía pública, mercados de rodantes, tianguis, así como en espacios virtuales y redes sociales, a menos que se cuente con los registros y autorizaciones sanitarias correspondientes emitidos por las autoridades competentes de la Ciudad de México.
De acuerdo con el texto aprobado por los legisladores locales, las personas físicas o morales que deseen comercializar animales de compañía deberán estar debidamente inscritas en el Registro de Criadores Oficiales y contar con establecimientos fijos que cumplan con las especificaciones de bienestar animal contempladas en la normativa vigente.
Contexto y justificación legal
La iniciativa argumenta que la falta de regulación en las transacciones digitales facilita la venta de ejemplares provenientes de la crianza ilegal, la cual frecuentemente no cumple con las condiciones de salud, espacio e higiene necesarias. Asimismo, la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial (PAOT) de la Ciudad de México ha señalado en sus reportes institucionales que el abandono de mascotas y el maltrato animal están directamente vinculados a la adquisición impulsiva e informal de ejemplares.
La restricción en plataformas digitales se alinea, a su vez, con las Normas Comunitarias de entidades globales como Meta, las cuales prohíben en sus políticas comerciales la compraventa de animales vivos entre particulares para prevenir el tráfico ilegal y garantizar la seguridad de los usuarios.
Implementación y sanciones
La vigilancia del cumplimiento de esta ley corresponderá a la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC), a través de la Brigada de Vigilancia Animal, en coordinación con la Agencia de Atención Animal (AGATAN) y las alcaldías correspondientes.
Las autoridades informaron que las penalizaciones por infringir estas disposiciones incluirán multas económicas equivalentes a Unidades de Medida y Actualización (UMA), el decomiso de los ejemplares y, en casos de reincidencia o detección de maltrato severo, la clausura de los establecimientos o el arresto administrativo conforme al Código Cívico de la entidad.
Fuentes verificables:
- Gaceta Oficial de la Ciudad de México
- Congreso de la Ciudad de México
- Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial – PAOT
Firmado por [mizitacuaro].
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