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Congreso

Congreso del Estado aprueba retirar la patria potestad a progenitores que ejerzan alienación parental

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Morelia, Michoacán | 1 de julio de 2026.

Por unanimidad de votos, el pleno de la 76 Legislatura del Congreso del Estado aprobó un dictamen de reforma a los códigos Familiar y Penal de Michoacán, cuyo propósito central es erradicar la alienación parental y sancionar penal y civilmente a las personas que deliberadamente obstruyan, destruyan o impidan los vínculos afectivos y de convivencia de sus hijos menores de edad con el otro progenitor o con sus abuelos.

El marco normativo modificado, que tomó como base una iniciativa formulada por el diputado Alejandro Iván Arévalo Vera y fue dictaminado por la Comisión de Justicia, define la alienación parental en el Código Familiar como una vertiente de violencia intrafamiliar. Las reformas prevén que la patria potestad podrá perderse en casos catalogados como graves, específicamente cuando el progenitor alienante mantenga conductas hostiles o de denigración que impidan las convivencias, incluso después de haberse implementado medidas institucionales de restauración del tejido familiar. Estas resoluciones se regirán de forma estricta bajo los preceptos legales de proporcionalidad, necesidad, idoneidad y excepcionalidad.

Asimismo, las adiciones realizadas al Código Penal del Estado configuran la alienación parental como un hecho delictivo, estableciendo sanciones que van de uno a cinco años de prisión para quien incurra en estas prácticas. De acuerdo con el nuevo artículo punitivo, se considerará delito cuando se demuestre que el cuidador manipula a las niñas, niños o adolescentes mediante insultos, humillaciones o descalificaciones hacia el otro progenitor para forzar el rechazo filial, así como cuando se castigue el deseo de comunicación o se recompensen las conductas de hostilidad hacia la otra parte de la familia.

MiZitácuaro.

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