Michoacán
La Reforma al Amparo Penal en México: Un Cambio Controversial que Entra en Vigor

Por Redacción, 16 de marzo de 2025. El, 14 de marzo de 2025, entró en vigor la reforma a la Ley de Amparo en México, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 13 de marzo, alineada con la reforma constitucional al Poder Judicial aprobada el 15 de septiembre de 2024. Este cambio, que ajusta el juicio de amparo a un nuevo marco judicial basado en la elección popular de jueces, magistrados y ministros, ha desatado un intenso debate entre juristas, académicos y defensores de derechos humanos. Si bien promete agilizar procesos y fortalecer la disciplina judicial, también levanta alertas rojas por sus posibles implicaciones en el Estado de Derecho y la protección de derechos fundamentales. A continuación, desglosamos sus ventajas, desventajas, alcance, ejemplos prácticos y la opinión de cinco expertos en la materia.
Contexto y Alcance de la Reforma
La reforma a la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución, responde a la reestructuración del Poder Judicial aprobada en septiembre de 2024, que eliminó el sistema de Salas en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para operar únicamente en Pleno, redujo de ocho a seis los votos necesarios para declarar inconstitucionalidad o establecer jurisprudencia, y creó el Tribunal de Disciplina Judicial. Entre los cambios clave, se sustituye el Código Federal de Procedimientos Civiles por el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, se elimina la referencia al Consejo de la Judicatura Federal y se limitan los efectos generales de las sentencias de amparo que declaran inconstitucionalidad de normas, restringiéndolos a los promoventes individuales.
El juicio de amparo, históricamente un pilar para la defensa de derechos en México, ahora opera bajo un sistema judicial transformado, lo que plantea interrogantes sobre su eficacia y alcance en un contexto de elección popular de juzgadores.
Ventajas de la Reforma
- Agilidad en la Toma de Decisiones: La reducción de ocho a seis votos en el Pleno de la SCJN para resoluciones clave busca acelerar la resolución de casos de relevancia constitucional, evitando estancamientos prolongados.
- Fortalecimiento de la Disciplina Judicial: La creación del Tribunal de Disciplina Judicial promete supervisar y sancionar a jueces, magistrados y ministros, promoviendo mayor responsabilidad y combatiendo la corrupción interna.
- Actualización Normativa: La alineación con el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares moderniza el marco legal, mientras que el uso de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) en lugar del salario mínimo cumple con la desindexación establecida en 2016.
- Acceso Prioritario en Casos Vulnerables: Se mantiene la facilidad para que grupos en desventaja social (menores, trabajadores, ejidatarios) promuevan amparos sin requisitos excesivos, como la presentación de copias por parte de la autoridad.
Desventajas y Alertas Rojas
Sin embargo, las críticas a esta reforma son severas y han encendido alertas rojas entre expertos y organismos civiles:
- Limitación de Efectos Generales: Al restringir las sentencias de inconstitucionalidad a efectos individuales, se debilita el principio de justicia universal. Esto significa que una norma declarada inconstitucional no beneficiará a toda la población, sino solo a quien interponga el amparo, dejando en desventaja a quienes carecen de recursos para litigar.
- Riesgo a la Independencia Judicial: La elección popular de jueces, base de la reforma constitucional de 2024, podría politizar el Poder Judicial, afectando la imparcialidad del amparo como herramienta contra abusos de poder.
- Falta de Claridad en la Implementación: La reducción de votos en el Pleno y la operación sin Salas generan incertidumbre sobre la consistencia de los criterios judiciales, lo que podría derivar en fallos contradictorios.
- Amenaza al Estado de Derecho: Organismos como la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) han advertido que esta reforma “representa un grave retroceso en la defensa de los derechos fundamentales”, al limitar la capacidad del amparo para contrarrestar normas arbitrarias.
- Carga Operativa: La ejecución directa de sentencias por jueces de distrito ante el incumplimiento de autoridades, aunque positiva en teoría, podría saturar un sistema judicial ya de por sí sobrecargado.
Ejemplos Prácticos
- Caso de una Ley Fiscal Inconstitucional: Si un ciudadano impugna una nueva ley tributaria y obtiene un amparo por inconstitucionalidad, el fallo solo lo protegerá a él. Otros contribuyentes afectados deberán iniciar sus propios procesos, lo que podría generar desigualdad en la aplicación de la justicia.
- Amparo Laboral: Un trabajador en condiciones de pobreza que busque protegerse de un despido injustificado seguirá teniendo acceso facilitado, pero si la sentencia depende de un juez elegido por voto popular, podría enfrentarse a decisiones influenciadas por presiones políticas.
Lo Delicado de la Reforma
La reforma toca fibras sensibles del sistema jurídico mexicano. El amparo, desde su creación en el siglo XIX, ha sido un instrumento clave para equilibrar el poder y proteger a la ciudadanía de abusos gubernamentales. Limitar sus efectos generales y someter a los jueces a la dinámica electoral podría erosionar este contrapeso, especialmente en un país con altos índices de corrupción y violencia. Además, la falta de un periodo de transición claro para adaptar el sistema judicial a estos cambios podría generar caos operativo y desconfianza ciudadana.
Opinión de Expertos
- María Amparo Casar (Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad): “Esta reforma agrava la crisis constitucional al restringir el amparo como herramienta de defensa colectiva. Estamos ante un debilitamiento del Poder Judicial que podría derivar en una captura política sin precedentes.”
- Ernesto Villanueva (Investigador Jurídico): “No es viable que la SCJN declare inconstitucional esta reforma, pero su diseño es preocupante. La elección popular de jueces y la limitación de efectos generales del amparo atentan contra la supremacía constitucional.”
- Ana Laura Magaloni (CIDE): “El amparo pierde su esencia como garante de derechos universales. Reducir su alcance a casos individuales es un retroceso que beneficia a los poderosos y deja desprotegidos a los más vulnerables.”
- Arturo Zaldívar (Exministro de la SCJN): “Si bien la modernización del sistema es necesaria, esta reforma carece de un andamiaje sólido. La prisa por implementarla sin consenso podría desestabilizar la justicia constitucional.”
- Luis María Aguilar (Ministro en Retiro): “La independencia judicial está en jaque. El amparo, como lo conocemos, podría convertirse en un privilegio para unos pocos en lugar de un derecho para todos.”
Conclusión
La entrada en vigor de la reforma al amparo penal en México el 14 de marzo de 2025 marca un punto de inflexión en el sistema judicial. Aunque ofrece ventajas como mayor agilidad y disciplina, sus desventajas —limitación de efectos, riesgo de politización y amenazas al Estado de Derecho— son alarmantes. Las alertas rojas están encendidas: el equilibrio de poderes y la protección de derechos fundamentales penden de un hilo. Mientras el país observa cómo se desarrolla esta nueva etapa, la pregunta sigue en el aire: ¿será este un paso hacia una justicia más accesible o un retroceso hacia la arbitrariedad?
Fuentes: Diario Oficial de la Federación (13/03/2025), Coparmex (02/03/2025), Gaceta UNAM, SCJN, y declaraciones públicas de los expertos mencionados.
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