Michoacán
SCJN rechaza amparos de exauditor Aguirre; valida nombramiento de Marco Bravo como titular de fiscalización en Michoacán

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó los recursos legales interpuestos por Miguel Ángel Aguirre Abellaneda, confirmando así la designación de Marco Antonio Bravo Pantoja como auditor superior del estado de Michoacán, quien ahora deberá rendir protesta ante el Congreso estatal.
La decisión judicial pone fin al conflicto por la titularidad del máximo órgano de fiscalización de recursos públicos en la entidad, respaldando la elección realizada por la 75 Legislatura michoacana en octubre de 2023.
Según se desprende de la resolución, la Suprema Corte rechazó los amparos 728 y 728 promovidos por Aguirre Abellaneda, quien buscaba invalidar la determinación del Poder Legislativo y conseguir su reincorporación al cargo que ocupaba anteriormente.
El fallo judicial ratifica el proceso de selección conducido por los legisladores michoacanos hace aproximadamente año y medio, estableciendo que la designación de Bravo Pantoja fue conforme a derecho.
Como consecuencia directa de esta resolución, el Congreso del Estado de Michoacán deberá proceder a tomar la protesta oficial de Marco Antonio Bravo Pantoja, cumpliendo así con el protocolo formal para su instalación definitiva como titular del organismo encargado de la vigilancia y fiscalización de los recursos estatales.
Esta determinación de la Segunda Sala de la SCJN representa la conclusión de un proceso legal que había mantenido en incertidumbre la situación administrativa del órgano fiscalizador michoacano.
Con esta resolución, queda establecida la autoridad de Bravo Pantoja para ejercer plenamente las funciones de supervisión y control de los recursos públicos que corresponden a su cargo, una vez que cumpla con el trámite protocolario pendiente ante el Poder Legislativo estatal.
Las autoridades judiciales federales han dado así certeza jurídica al nombramiento realizado por el Congreso de Michoacán, fortaleciendo la institucionalidad del órgano fiscalizador que desempeña una función esencial en la rendición de cuentas y la transparencia en el manejo de los recursos públicos del estado.
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