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Opinión

Arturo Escobar. ¿Acto de justicia o trampa procesal?

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El pasado 25 de noviembre, mediante el Comunicado 814/15, la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) hizo del conocimiento público que consignó tres averiguaciones previas a los jueces en turno, por la probable comisión de delitos electorales en el marco de los comicios federales de junio de 2015. El escueto comunicado (una cuartilla) no precisa quiénes son considerados como los probables responsables de dichos delitos, pero algunas “filtraciones” apuntaron a que una de las averiguaciones previas inculpaba a Arturo Escobar y Vega, ex vocero nacional del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y Subsecretario de Prevención y Participación Ciudadana (de la SEGOB) hasta hace unos días. Esas mismas “filtraciones” sostienen que la FEPADE ha solicitado orden de aprehensión en contra de Escobar y Vega.

Pero subrayemos algo: el comunicado de la FEPADE nada dice al respecto. La hasta hoy supuesta solicitud de orden de aprehensión en contra de Arturo Escobar y Vega, se dio a conocer de forma extra-oficial, incluso de forma ilegal.

Al parecer, y nuevamente con base en las “filtraciones”, la FEPADE acusa a Arturo Escobar de violar la ley electoral porque celebró, indebidamente, un contrato para la elaboración y la entrega de 10 mil tarjetasPremia Platino, las cuales permiten adquirir bienes y servicios con cierto descuento; descuento que se constituye como un beneficio económico a favor de los tarjetahabientes.

Dice a la letra el artículo 15 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales:

Artículo 15. Se impondrá de mil a cinco mil días multa y de cinco a quince años de prisión al que por sí o por interpósita persona realice, destine, utilice o reciba aportaciones de dinero o en especie a favor de algún precandidato, candidato, partido político, coalición o agrupación política cuando exista una prohibición legal para ello, o cuando los fondos o bienes tengan un origen ilícito, o en montos que rebasen los permitidos por la ley.

La pena prevista en el párrafo anterior, se aumentará hasta en una mitad más cuando la conducta se realice en apoyo de una precampaña o campaña electoral.

De ser éste el caso, Arturo Escobar tendría que enfrentar proceso penal. Pero como el expediente no es público y el comunicado oficial nada dice al respecto, las “filtraciones” son nuestra única fuente de conocimiento. Y aquí es donde hay que proceder con cuidado, porque quizá no estemos, como parece, ante un acto que aspire a la justicia, sino ante una “trampa legal” que va a terminar opacando a la justicia.

Tan pronto se dio a conocer este acontecimiento, muchos actores políticos y sociales se solazaron, al tiempo que lanzaron campanas al vuelo. Pensaron, creo yo que incorrectamente, que el “día de la justicia nacional contra el Partido Verde” había llegado.

Cierto es que el PVEM merece un reproche colectivo, no sólo por su esencia de “negocio familiar” y por su carácter oportunista-mercenario, sino también por sus continuas prácticas de abuso y desaseo durante los procesos electorales. También es cierto que Arturo Escobar, en lo personal, es un personaje impresentable y siniestro, por sus varios antecedentes negativos como operador político del PVEM (p.e. la maleta del millón cien mil pesos, en 2009). Pero no menos cierto es que todo esto parece un tinglado, armado a propósito para mover a Arturo Escobar de la Secretaría de Gobernación (donde jugaba un papel de “pieza incómoda” desde su nombramiento) y para poder “exonerarlo” de las supuestas imputaciones penales en su contra. Esto último dadas las violaciones al debido proceso que comienzan a hacerse evidentes.

Recordemos que el debido proceso supone un conjunto de requisitos que deben observar las instancias jurisdiccionales (ésas que tienen facultades para investigar, juzgar y sancionar conductas contrarias a Derecho), a efecto de que las personas sujetas a un proceso estén en condiciones de defenderse adecuadamente ante cualquier acto de la autoridad que pueda afectarlos. El debido proceso guarda especial relevancia en materia penal, al grado tal de que por “violaciones al debido proceso” incluso han quedado libres personas acusadas de secuestro (p.e. Caso Florence Cassez).

En julio de 2012, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que a la averiguación previa únicamente tendrán acceso el inculpado, su defensor y la víctima u ofendido (o su representante legal). La averiguación previa, así como todos los documentos en ella incluidos, son estrictamente reservados. Por ello, las “filtraciones” que nos dieron a conocer la solicitud de la FEPADE para que un juez emitiera una orden de aprehensión contra Arturo Escobar, estarían violando la secrecía y la reserva debidas a la averiguación previa, dejándole a Arturo Escobar el camino libre para argumentar y probar “violaciones al debido proceso” y, así, quedar libre y sin culpa.

Hasta el momento, la hipótesis más fuerte es ésa: Arturo Escobar y Vega deja el cargo de “Subsecretario incómodo” a cambio de que “alguien” opere las necesarias triquiñuelas procesales que le permitan salir airoso de las imputaciones penales en su contra, y, así, quedar libre y sin mancha para el futuro inmediato.

Lo más probable es que estemos ante un intercambio de favores. Tú, Arturo Escobar, te vas para enfrentar un proceso penal que sortearás con éxito en pocos meses gracias a las mañas procesales que empieza a acumular. Y tú, Enrique Peña Nieto, te deshaces de un elemento sumamente embarazoso… ¡pero no por la presión social, que conste, sino por la libre disposición del señor Escobar! (A ningún Presidente le conviene ceder ante las “presiones populares”). Arturo Escobar quedará libre, de este modo, para seguir ejerciendo sus tareas de “desaseado operador político”.

Sólo el tiempo nos dirá qué tan fuerte es esta hipótesis.

POR  / CIUDADANO CEROCOLUMNAS / elarsenal.net

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