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Opinión

¿Qué pruebas hay contra “Los Porkys”?

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El pasado viernes 28 de octubre de 2016, los tribunales españoles declararon procedente la extradición de Diego Cruz Alonso para enfrentar el cargo de pederastia en el Estado de Veracruz, México. Y aunque puede ser recurrida, esta decisión parece definitiva. España consideró que es atendible e incuestionable el principio de territorialidad aducido por el Estado Mexicano.

Diego Cruz Alonso, al parecer, será enviado a México para enfrentar proceso penal, al igual que Enrique Capitaine Marín, quien ya está detenido y recluido, y que Jorge Cotaita Cabrales, quien sigue prófugo de la justicia. Contra un cuarto joven, Gerardo Rodríguez Acosta, finalmente no se fincó cargo alguno. Y, como se recordará, todos estos muchachos forman parte de ese grupo de mala fama mediática que ha sido llamado “Los Porkys”.

¿De qué se les acusa? Del delito de pederastia, supuestamente cometido en contra de una joven de nombreDaphne, la madrugada del día 03 de enero de 2015.

No es un asunto menor, porque se trata de un delito grave, por el cual los jóvenes mencionados, de ser encontrados culpables, podrían pasar de seis a 30 años de prisión, de conformidad con el artículo 182 del Código Penal para el Estado de Veracruz.

Y, de proceder la promoción de la parte acusadora para que el delito pase de “pederastia simple” a “pederastia agravada”, por haberse cometido por dos o más personas, los culpables podrían estar de 12 a 40 años en la prisión, de acuerdo con el artículo 183 del citado ordenamiento.

Como puede notarse, pues, no es un asunto sencillo, por lo que, en teoría, la “señora justicia” debe aguzar al máximo todos sus sentidos, a objeto de no permitir que esas personas sean condenadas y pasen muchos años de su vida en prisión, a no ser de que de veras existan pruebas suficientes, idóneas y fehacientes, que causen en el juzgador la convicción de que fue cometido el delito de pederastia.

¿Dónde está, entonces, el problema? El problema está en que, hasta donde se sabe gracias a los medios, y hasta el día de hoy, no existen pruebas suficientes, idóneas ni fehacientes.

Cierto es que no conocemos todo el expediente, muy cierto. Cualquier juicio de nuestra parte al respecto sería endeble. Pero sí hemos podido tener acceso a los principales indicios y a las principales “pruebas” ofrecidas por las partes a lo largo del proceso. Y, en atención a esto, podemos decir que no existen pruebas suficientes, idóneas ni fehacientes.

Vamos por partes.

La supuesta pederastia se cometió la madrugada del 03 de enero de 2015. Pero resulta que la denuncia se interpuso, por parte del padre de Daphne, el señor Javier Fernández, el día 16 de mayo del mismo año: ¡cuatro meses y medio después de ocurridos, según relato de la propia “víctima”, los hechos delictuosos!

¿Cuál es el problema con esto? Pues que para entonces incluso había dejado de tener sentido la realización de todas las periciales “duras” en materia de delitos sexuales (especialmente violación, estupro y pederastia), ya quetranscurrido tanto tiempo resultaban totalmente improcedentes desde el punto de vista científico: ya nada podría demostrarse a través de dichas periciales.

Las periciales “duras” son aquellas que se basan en las ciencias biomédicas, físicas, químicas, biológicas, tecnológicas, etc. Y los especialistas en medicina forense son muy enfáticos con respecto a los delitos sexuales:las 72 horas posteriores al hecho delictuoso son esenciales.

Las relaciones sexuales forzadas suelen dejar huellas, una o varias de éstas: desgarres, moretones, laceraciones, equimosis, golpes, excoriaciones, células epiteliales, fluido seminal (dentro o fuera de la vagina, del ano o de la boca de la víctima), fibras, vellosidad genital, etc.

Cuando a estas pruebas periciales “duras” se suma el efecto post-traumático inmediato en la víctima, es más probable que pueda demostrarse la comisión de un delito sexual.

Pero si nada de esto tenemos, ¿entonces cómo se demuestra una relación sexual forzada? ¿Bastaría sólo lo dicho por la “víctima”? ¿Podemos darle mucho peso a las periciales psicológicas?

Éste es justo el problema del Caso Daphne y “Los Porkys”no existen pruebas “duras”, no al menos hasta donde hemos podido saber a través de los medios y de las diversas filtraciones. Y lo único que se tiene es el dicho de la víctima y las periciales psicológicas que, dicho sea paso, siempre han sido consideradas como el “patito feo” de la justicia penal, porque son muy endebles.

Ni modo, hay que reconocerlo: la psicología no es una ciencia “dura”. Así lo demuestra la historia misma delDiagnostic and Statistical Manual of Mental Disorders (abreviado DSM), el libro de cabecera de la psiquiatría, que es el ala de la psicología que presume de ser la “más científica”. Y ni hablemos del psicoanálisis, cada vez más desprestigiado.

Ah, claro, también están las pruebas testimoniales, tan desconfiables si no son acompañadas de otras cosas.

¿Hay más? Ah, el famosos video ése…

¿Pero alguien cree, en serio, que el video donde “Los Porkys” “confiesan y piden disculpas” tiene alguna validez jurídica?

Pues no, no la tiene, porque: a) no se rindió ante autoridad pública competente, b) no se rindió con la presencia de un abogado, c) resulta notorio un clima de intimidación contra los declarantes, y d) no se sabe de qué piden perdón“Los Porkys” (ni siquiera se mencionan las palabras “violación” o “sexo”).

¿Hay más? Pues, al parecer, no… si bien hay que insistir en que nos estamos basando en lo que hasta ahora se conoce del caso a través de los medios. No conocemos a fondo el expediente. Pero todo apunta a que no hay más.

Entonces, ¿por qué la Fiscalía de Veracruz ejerció acción penal y por qué el juez de la causa obsequió las órdenes de aprehensión? Allí está el expediente de investigación número 592/2015, de la Primera Agencia Ministerial en Delitos contra la Libertad, Seguridad Sexual y la Familia en Veracruz.

El hecho es preocupante, porque si así se va a proceder en casos similares, todos los varones de México estaremos en estado de altísimo riesgo, en todo momento, porque bastará una acusación en medio de lágrimas y un perito psicológico a modo para pasar muy malos momentos, que pueden ser devastadores a largo plazo.

Entonces, ¿por qué se ha procedido contra “Los Porkys” si no existen pruebas suficientes, idóneas ni fehacientes?

Yo tengo mi propia explicación y es sencilla: porque en torno al caso de “Los Porkys” han estado girando tres factores de la jauría mediática. Estos factores son: a) el odio que genera la clase pudiente (especialmente losjuniors) en la gente común y corriente, b) la rabia popular que despertó la pésima gestión del priista Javier Duarte en Veracruz, y c) la androfobia que se ha encargado de encunar y desarrollar la mitología feminista en todo el territorio nacional.

Estas fuerzas viscerales han generado un clima altamente prejuicioso en contra de “Los Porkys”. ¿Son culpables éstos del delito de pederastia? Eso lo determinará un juez. Y me da la impresión de que el asunto incluso llegará a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Yo sólo opino que si la parte acusadora sólo tiene “a su favor” aquello que hasta la fecha ha expuesto en los medios, realmente nada tiene. Y, apelando al principio de “duda razonable”“Los Porkys” deben ser declarados inocentes.

Pero ya sabemos que la justicia en México dista mucho de sustentarse en la ciencia. La política a veces contamina los procesos penales. Y no dudo que éste sea un caso.

Por Carlos Arturo Baños Lemoine.  /  CIUDADANO CEROCOLUMNAS  /  elarsenal.net

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