Política
INE aprobó distritación local electoral
El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó ayer la distritación electoral local de Michoacán con el propósito de actualizar el equilibrio poblacional en los distritos locales de Michoacán, los cuales son las demarcaciones territoriales que son base para elegir a los diputados locales por el principio de mayoría relativa.
Cabe recordar que dentro de la reforma electoral 2014 se facultó al INE para ser la única autoridad competente de establecer la demarcación territorial de los Distritos Electorales Uninominales Locales; anteriormente en Michoacán el órgano local electoral presentaba un estudio técnico al Congreso del Estado y éste último era quien lo aprobaba.
El Vocal Ejecutivo de Michoacán, David Alejandro Delgado Arroyo destacó la participación y disposición de los partidos políticos, quienes finalmente integraron una propuesta consensada dejando de lado los intereses políticos y privilegiando el derecho del ciudadano.
Delgado Arroyo destacó que el INE siempre fungió como una autoridad facilitadora para que los institutos políticos contaran con las herramientas técnicas y asesoría en la integración de los mejores escenarios distritales, cuyos trabajos iniciaron en el mes de Agosto.
Asimismo adelantó el consenso que existe entre las diferentes fuerzas políticas del estado para la distritación electoral federal, donde se espera integrar dos distritos locales por uno federal. Cabe señalar que por disposición constitucional para elecciones locales Michoacán está distribuido en 24 distritos y a nivel federal se divide en 12.
Finalmente el Vocal Ejecutivo destacó la integración de un distrito con población predominantemente indígena, caso que se da por primera vez en la geografía electoral michoacana y que podría ser un aliciente para la participación política de esa región. Cabe agregar que ello se genera en aplicación de uno de los criterios del Consejo General del Instituto Nacional Electoral que busca atender el principio de la participación política de los pueblos indígenas consagrado en el artículo 2 de Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Por su parte, el Vocal del Registro Federal de Electores, Jaime Quintero Gómez mencionó los criterios utilizados para dicha demarcación; equilibrio poblacional, distritos integrados con municipios con más de 40% de población indígena, compacidad, tiempos de traslado, integridad municipal, continuidad geográfica, factores socioeconómicos y accidentes geográficos.
Asimismo mencionó la conformación de los distritos electorales locales y sus cabeceras:

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