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Congreso

Diputados aprueban reforma para que dependencias públicas conserven documentación comprobatoria de pagos por cinco años

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Morelia, Michoacán, 19 de abril de 2026.– Con el objetivo de proteger los derechos de los contribuyentes y generar mayor certeza jurídica, el Pleno de la LXXVI Legislatura del Congreso del Estado de Michoacán aprobó una reforma al Código Fiscal Municipal que obliga a las dependencias públicas a conservar la documentación comprobatoria de pagos por un plazo de cinco años.

En Sesión Extraordinaria, los diputados avalaron el dictamen presentado por la Comisión de Hacienda y Deuda Pública respecto a la iniciativa promovida por la diputada Ana Belinda Hurtado Marín. La reforma deroga el artículo 24 del Código Fiscal Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo, adiciona el Título Tercero BIS con un Capítulo Único y crea el artículo 53 Bis, recorriendo los subsecuentes en su numeración.

El nuevo artículo 53 Bis establece que tanto las dependencias públicas que intervengan en la determinación, administración o cobro de contribuciones, como los contribuyentes, deberán conservar la documentación comprobatoria del cumplimiento de obligaciones fiscales por un plazo de cinco años. Esta documentación deberá mantenerse en el domicilio fiscal registrado o en el que se señale para tal efecto, disponible, íntegra y accesible para cualquier verificación que realicen las autoridades fiscales competentes.

En las consideraciones del dictamen, los integrantes de la Comisión de Hacienda y Deuda Pública destacaron que esta modificación fortalece los derechos de los contribuyentes y genera obligaciones recíprocas tanto para la autoridad como para los particulares. La reforma busca garantizar certeza jurídica en caso de aclaraciones relacionadas con pagos o cobros de contribuciones.

Con esta aprobación, el Congreso local busca brindar mayor seguridad y transparencia en los procesos fiscales municipales, asegurando que exista documentación disponible para resolver posibles controversias o revisiones futuras.

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