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Congreso

Michoacán Despenaliza el Aborto en las Primeras 12 Semanas de Gestación

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Morelia, Michoacán, 10 de octubre de 2024 – En cumplimiento con una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Congreso del Estado de Michoacán ha aprobado reformas al Código Penal que permiten la interrupción legal del embarazo durante las primeras doce semanas de gestación. Esta medida busca garantizar el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir libremente sobre su cuerpo, eliminando la criminalización por optar por un aborto en este periodo.

La 76 Legislatura del Congreso votó mayoritariamente a favor del dictamen presentado por la Comisión de Justicia, que propuso estas reformas para alinear la legislación estatal con el mandato de la Suprema Corte. Las modificaciones abarcan los artículos 118, 141, 142, 143, 144, 145 y 146 del Código Penal de Michoacán, estableciendo que ni la persona que decide interrumpir su embarazo ni quien lo practique serán penalizados, siempre que la interrupción ocurra dentro del primer trimestre.

Además de despenalizar el aborto en las primeras 12 semanas, las reformas incrementan las sanciones para quienes realicen abortos sin consentimiento, especialmente si se cometen con violencia física o psicológica. También se contemplan sanciones específicas para profesionales de la salud que realicen abortos sin el consentimiento de la persona gestante.

El Pleno Legislativo también decidió ampliar las causas de exclusión de responsabilidad para abortos practicados después de las doce semanas de gestación, incluyendo casos de violación, razones médicas, procedimientos de fecundación asistida sin consentimiento, y situaciones en las que el acceso a un aborto fue negado o retrasado injustamente por el personal de salud.

Estas reformas subrayan el compromiso del Congreso de Michoacán por proteger los derechos reproductivos y la libre determinación de las mujeres, adolescentes, niñas y personas gestantes en el estado.

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