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Congreso

Segundo Parlamento de Mujeres 2025 aprueba reformas para proteger derechos político-electorales de las mujeres

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Morelia, Michoacán, 21 de marzo de 2025. – En el marco del Segundo Parlamento de Mujeres 2025, las integrantes del Congreso del Estado de Michoacán aprobaron por unanimidad reformas a la Ley Orgánica Municipal y a la Ley por Una Vida Libre de Violencia, con el objetivo de garantizar la plena participación de las mujeres en los espacios de toma de decisiones y fortalecer su protección contra la violencia política.

La Comisión de Igualdad Sustantiva y de Género analizó y dictaminó la Iniciativa de Decreto que reforma los artículos 48 y 50 de la Ley Orgánica Municipal, y adiciona la fracción VI bis al artículo 9 bis de la Ley por Una Vida Libre de Violencia para las Mujeres en el Estado. Estas reformas buscan abordar los desafíos estructurales que aún obstaculizan la participación equitativa de las mujeres en la vida política, a pesar de los avances normativos en materia de paridad de género.

En la exposición de motivos, presentada por las parlamentarias Lilia Stephania López Heredia, Verónica Gómez de la Rosa, María Guadalupe Flores Saldaña, Claudia María Calzada Cervantes, Anabel García Carmona y Sharini Shanit Gerónimo Alonso, se destacó la necesidad de garantizar una distribución equitativa de responsabilidades dentro de los ayuntamientos. Esto incluye asegurar que la integración de las comisiones edilicias no solo refleje un equilibrio en las cargas de trabajo, sino que también fomente la participación igualitaria de las mujeres.

Una de las reformas clave establece que la Comisión de la Mujer en los ayuntamientos deberá ser presidida exclusivamente por una mujer, reconociendo la importancia de que sean ellas quienes lideren los esfuerzos institucionales en favor de la igualdad de género y la erradicación de la violencia política. Además, se amplían las atribuciones de esta comisión, dotándola de facultades para promover la participación política de las mujeres y combatir la violencia política en su contra.

La reforma también define que la violencia política contra las mujeres puede manifestarse a través de acciones u omisiones, directas o indirectas, cuyo propósito o resultado sea obstaculizar, limitar o anular el ejercicio de sus derechos político-electorales, especialmente en el caso de mujeres pertenecientes a partidos de oposición.

El trabajo parlamentario de la Comisión de Igualdad Sustantiva y de Género contó con la asesoría de Margarita Itzagery Ponce Marín, investigadora del Instituto de Investigaciones y Estudios Legislativos, así como de los secretarios técnicos María Veneranda Ceja Vargas y Edgar Alejandro Castillo Salinas.

Con estas reformas, Michoacán avanza en la consolidación de un marco jurídico que promueve la igualdad de género y protege los derechos político-electorales de las mujeres, fortaleciendo su participación en la vida pública y política del estado.

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