México
México inicia registro obligatorio de líneas móviles con CURP e identificación oficial
CIUDAD DE MÉXICO 7 de enero 2026
A partir del 9 de enero de 2026, entra en vigor en México la obligatoriedad de registrar todas las líneas de telefonía móvil, vinculándolas directamente a la Clave Única de Registro de Población (CURP) y a una identificación oficial vigente. Esta disposición, emitida por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), tiene como objetivo principal reducir el anonimato en el uso de dispositivos móviles y fortalecer la seguridad en el sector.
La medida aplica para todas las líneas activas en el territorio nacional, sin distinguir entre esquemas de prepago (recargas) o pospago (planes de renta). De acuerdo con los lineamientos publicados en el Diario Oficial de la Federación, los usuarios deberán presentar la siguiente documentación ante sus respectivos operadores:
*Personas Físicas: Identificación oficial con fotografía (INE o Pasaporte) y la CURP certificada por el Registro Nacional de Población (Renapo).
*Personas Morales: Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Extranjeros: Pasaporte vigente o, en su caso, la CURP temporal.
El proceso de regularización cuenta con un calendario estricto para evitar la interrupción de los servicios:
9 de enero de 2026: Inicio oficial del registro masivo para todos los operadores.
29 de junio de 2026: Fecha límite para completar la vinculación de líneas existentes.
1 de julio de 2026: Suspensión del servicio para líneas no registradas.
Los usuarios que no cumplan con el registro antes del plazo límite experimentarán una suspensión de servicios de voz, datos y mensajes.
Durante este periodo de restricción, los dispositivos únicamente podrán realizar llamadas a números de emergencia (como el 911) y a las líneas de atención a clientes de sus operadoras para completar el trámite.
La CRT precisó que la información personal no será centralizada en un padrón gubernamental, sino que será resguardada por cada operadora telefónica. Las empresas están obligadas a cumplir con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares para garantizar la seguridad de la información.
Quedan exentos de este registro los dispositivos vinculados a tarjetas SIM que carezcan de capacidad técnica para realizar llamadas o enviar SMS, tales como localizadores GPS, medidores inteligentes y otros sistemas de Internet de las Cosas que operan exclusivamente con datos.
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