Michoacán
Buscan que PGJE sea autónoma y no dependa del gobierno del estado
Morelia, Michoacán.- El gobernador del estado, Salvador Jara Guerrero envió, la tarde de este miércoles, al Congreso del Estado su propuesta de iniciativa de Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), que tiene como objetivo establecer la autonomía de esa dependencia que actualmente depende del Ejecutivo estatal.
En su propuesta, el ejecutivo estatal actualiza las funciones del Ministerio Público y de sus órganos auxiliares, reafirmando su acción proteccionista y persecutora a
través de Fiscales Regionales, Fiscales Especializados, Agentes de Atención Temprana, Mediadores y Conciliadores así como Asesores de Atención a Víctimas.
En materia de víctimas y ofendidos, el Ministerio Público amplía sus facultades para otorgar mayor protección y certeza legal a las víctimas que hayan sufrido un menoscabo en sus bienes, ordenando de manera inmediata, cuando sea el caso, las medidas de protección necesarias a efecto de garantizar una efectiva protección en sus bienes y que la víctima pueda llevar a cabo la identificación del imputado sin que corra riesgo alguno.
Se crea el Instituto de Mecanismos Alternos de Solución de Controversias, con el objetivo de lograr que las víctimas obtengan una más pronta reparación del daño, en los casos en que ello sea posible y, también, para disminuir las cargas de trabajo de los órganos jurisdiccionales y lograr una justicia más expedita.
Asimismo se crea la Fiscalía de Atención Especializada; la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Vinculados a la Violencia de Género; la Agencia de Investigación y Análisis; el Instituto de Formación Ministerial; el Consejo Consultivo del Ministerio Público y el Servicio Profesional de Carrera Ministerial y Pericial, que tiene por objeto contar con una capacitación y formación ética y profesional de los servidores públicos, que se reflejará en eficiencia, imparcialidad, legalidad y economía en su funcionamiento.
El proyecto de iniciativa contiene nueve títulos, el primero relativo a las Disposiciones Generales y la Competencia; el segundo a la Institución del Ministerio Público; el tercer título a la Coordinación del Ministerio Público con otras autoridades; el cuarto a la Procuración de Justicia; el título quinto a la creación de los Mecanismos alternos de solución de controversias y su respectivo Instituto; el sexto a la formación ética y profesional de los Servidores Públicos de la Procuraduría; el séptimo al régimen de los servidores públicos y las relaciones administrativas y laborales con la Procuraduría; el título octavo a las excusas y sanciones administrativas; y el título noveno al Fondo auxiliar de la Procuraduría.
La ley vigente data del 2007 y no contempla las reformas constitucionales realizadas para la entrada en vigor del Sistema Penal Acusatorio y Oral y en materia de derechos humanos y amparo.
El Poder Legislativo dispondrá los recursos humanos, técnicos y financieros indispensables para el cumplimiento de los fines contenidos en la Ley, debiendo contemplarse en el Presupuesto de Egresos del Estado las partidas correspondientes.
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